Comercio minorista
HORARIO
Puede ser fijado libremente por cada comerciante teniendo en cuenta los
topes diarios y semanales de 15 y 90 horas respectivamente.
OBLIGACIONES
- Información de apertura y cierre visible desde el exterior aun
estando cerrado
- Exhibir los precios de venta al público junto con los artículos
- Entregar factura o documento acreditativo, salvo que el cliente
renuncie expresamente a ello.
- Tener a disposición de los consumidores Hojas de Reclamaciones.
- Entregar garantías en los artículos de naturaleza duradera.
- No incurrir en publicidad engañosa.
- Contratar con los consumidores sin la existencia de cláusulas
abusivas.
- Comercializar artículos seguros y con adecuado servicio de
asistencia técnica.
PROMOCIONES
El concepto de promociones comprende REBAJAS, SALDOS, LIQUIDACIÓN Y
VENTA CON OBSEQUIO.
Es la actividad por la que el comerciante presenta al consumidor una
serie de condiciones más ventajosas por las cuales se puede adquirir un
artículo a un precio reducido respecto del anterior o con incentivos
favorables.
Deben cumplir los siguientes requisitos:
- Indicar el artículo objeto de promoción.
- Condiciones de venta.
El periodo de promoción no podrá ser inferior a dos días ni superior a
treinta (salvo rebajas).
- Disponer de existencias suficientes para hacer frente a la demanda.
- Información sobre los medios de pago admisibles en la operación.
- No se puede limitar el número de productos que cada comprador pueda
adquirir.
- No se puede alterar el precio a la vista de la mayor venta que se
produzca.
- No se pueden establecer preferencias ni discriminaciones entre
compradores.
- Los artículos promocionados deberán estar separados del resto de los
artículos normales.
REBAJAS
- Sólo puede haber dos temporadas al año. La primera entre los días
7 de enero y 7 de marzo. La segunda entre el 15 de julio y el 15
de septiembre. Se entienden periodos máximos, ya que cada
comerciante podrá elegir la duración de la campaña que no podrá ser
inferior a una semana ni superior a dos meses cada una de ellas.
- No se consideran rebajas si no se ofrecen a precio reducido al menos
la mitad de los artículos existentes.
- No se pueden ofrecer como rebajas los artículos anticuados que se
pueden ofertar como saldos.
- No se pueden ofrecer como rebajas los artículos deteriorados.
- No se pueden ofrecer como rebajas los artículos que no hubieran
estado a la venta con, al menos, un mes de antelación.
- El etiquetado vendrá marcado con el precio antiguo y el rebajado.
- Las fechas de rebajas deben exhibirse de forma visible desde el
exterior.
SALDOS
- Es la oferta de artículos con valor disminuido a causa del
deterioro, desperfecto, desuso u obsolescencia de los mismos.
- Deben haber pertenecido al comerciante al menos 6 meses antes.
- Se deben identificar expresamente los artículos defectuosos o
deteriorados.
- Se pueden ofrecer saldos permanentemente siempre que estén separados
del resto de artículos y promociones.
VENTAS EN LIQUIDACIÓN
- La liquidación por obras solo es posible cuando se cierra el local.
- Se debe comunicar al Gobierno de Navarra con antelación mínima de 10
días.
VENTAS CON OBSEQUIO
- Es el obsequio de otro producto adicional a precio reducido o
gratuito con la finalidad de promover las ventas de dicho producto
promocionado.
- La calidad será la misma que la que tendría en la venta ordinaria.
Calendario festivo del comercio navarro
Durante 2010 los comerciantes que lo deseen pueden abrir al público sus
establecimientos comerciales los siguientes 8 días:
19 de marzo, 9 y 3 de abril, 3.6.8 y 20 de diciembre y el día
en que cada municipio celebre la festividad de su Patrón. Así Pamplona
será el 29 de noviembre, Tudela el 26 de julio y Estella el día de San
Andrés.
En estos días el horario máximo será de 12 horas diarias. Existe la
obligación de exponer el horario visible desde el exterior.
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