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Índice de Información de interés

Dietas y Kilometraje

Importe de dietas y kilometraje que las empresas navarras pueden deducir como gasto contable:

  • Por gastos de locomoción 0´32 € por kilómetro recorrido siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.
  • Se considerarán como asignaciones para gastos normales de manutención y estancia en hoteles, restaurantes y demás establecimientos de hostelería, exclusivamente los siguientes:

1.- Cuando se haya pernoctado en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya la residencia del preceptor:

  • Por gastos de estancia, los importes que se justifiquen mediante factura.
  • Por gastos de manutención 53´34 € diarios si corresponden a desplazamiento dentro del territorio estatal, ó 91´35 € diarios si corresponden a desplazamiento a territorio extranjero.

2.- Cuando no se haya pernoctado en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya la residencia del preceptor, las asignaciones para gastos de manutención que no excedan de 26´67 € ó 48´08 € diarios según se trate de desplazamiento dentro del territorio estatal o al extranjero, respectivamente.

3.- Los transportistas podrán aplicar 15 € si se desplazan por territorio estatal y 25 € si lo hacen por el extranjero.